Obras de comunidad de propietarios y prevención de riesgos laborales
Con frecuencia, las comunidades de propietarios necesitan acometer obras en sus edificios, para la reparación, mantenimiento o mejora de sus inmuebles. La ejecución de estas obras debe ser realizada por empresas constructoras especializadas. El contrato con estas empresas convierte automáticamente a la comunidad de propietarios en promotora de dichas obras, representada por su Presidente.
¿Cuáles son las Obligaciones de la comunidad de propietarios como promotora?
Obras sin Proyecto
Al no existir un estudio de seguridad y salud, ni plan de seguridad se deberá realizar una Evaluación de Riesgos específica para esa obra por parte del Contratista. Si en la obra interviene más de un contratista o trabajador autónomo la comunidad deberá de contratar un Técnico como Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución.
Obras con Proyecto
Las obras con proyecto se acompañarán de un Estudio de Seguridad y Salud o un Estudio de Básico de Seguridad y Salud, en función de las características de las mismas. Es responsabilidad del Promotor la existencia del mismo y deberá de contratar a un Técnico para su redacción, así como a un Coordinador de Obra en fase de ejecución.
¿Cuáles son las Obligaciones de la comunidad de propietarios como contratista?
El contratista es la persona física o jurídica que asume frente a la promotora el compromiso de ejecutar las obras sujetos al proyecto o contrato. Cuando la comunidad contrate en calidad de promotora directamente a trabajadores autónomos tendrá consideración de contratista respecto a los mismos, pasando a ser promotora-contratista, asumiendo las obligaciones de tanto del promotor como del contratista.
Será responsabilidad del contratista, con carácter general, la comunicación de la Apertura previa al comienzo de los trabajos, acompañado del Plan de Seguridad y Salud. En obras sin proyecto, que carecen de estudio y plan de seguridad y salud, es responsabilidad el contratista realizar una Evaluación de Riesgos.
La comunidad de propietarios deberá exigir a la empresa la siguiente documentación:
- Modalidad de servicio de prevención del contratista
- Designación del personal propio para el control de la seguridad en la obra
- Copia de la documentación presentada a la delegación territorial de trabajo
- Seguro de Responsabilidad civil actualizado.
- Certificado de estar al corriente de la seguridad social
- Cumplimiento de la ley de subcontratación, listado de subcontratistas, inscripción libro de registro,..
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